– La «ley seca» consiste en la prohibición de venta de alcohol, esto significa el cierre de botillerías y todos los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas. Asimismo, en los supermercados y minimarket se deberán cerrar los pasillos y góndolas donde se encuentren las bebidas alcohólicas.
De acuerdo al artículo 116 de la ley orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, «entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él». Es decir, la medida se aplica desde las 05:00 de la mañana de este domingo hasta las 20:00 horas del mismo día (dos horas después del cierre de las votaciones) en las comunas con elecciones primarias.
La única excepción de esta ley son los hoteles, en los cuales no rige esta prohibición con respecto a los pasajeros que pernoctan en ellos, ya que se presume que son extranjeros o turistas que no votan.
Los locales que venden alcohol podrán reabrir sus puertas dos horas después de que terminen las elecciones en la localidad respectiva. Es decir, a las 20 horas en gran parte del territorio nacional y a las 21 horas en Magallanes
¿Qué pasa con los supermercados y botillerías?
– Como se trata de un feriado irrenunciable, la mayoría del comercio estará cerrado. En el caso de los supermercados que funcionen ese día, deberán tener cerrados los pasillos y góndolas que expendan bebidas alcohólicas, sea para su consumo en el local o fuera de él, esto rige hasta dos horas después del cierre de las votaciones en la localidad respectiva.
Botillerías, pubs y otros locales similares no podrán vender bebidas alcohólicas y deberán permanecer cerrados.
¿Qué pasa con los centros comerciales?
– En lo referente al comercio, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) informó que durante dicha jornada no podrán funcionar los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, como los malls o stripcenters, incluyendo además a los patios de comida, cines y lugares de entretención ubicados en su interior.
En cambio, sí pueden funcionar locales comerciales como supermercados, minimarkets, panaderías, almacenes y farmacias, siempre que no estén ubicados en los centros o complejos comerciales antes señalados.
¿Qué sanciones arriesgan los locales que pasen a llevar la norma?
– De acuerdo al artículo 116 inciso primero de la ley 18.700 que regula las elecciones «la fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición».
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